La pena por no llevar encima la green card y otros documentos emitidos para migrantes, según la ley de EE.UU
El Uscis refiere en su sitio web a la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos, en las que se indica que los extranjeros están obligados a poseer y llevar sus papeles de registro
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Los migrantes que se encuentran en Estados Unidos de forma legal tienen que cumplir con todas las condiciones que su estatus permite, ya sea que tengan residencia permanente o cualquier otro tipo de registro extranjero en ese país. A través de su sitio web, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) advierte sobre cuáles son los documentos que deben llevar en todo momento. Asimismo, indica las penas que contempla Ley de inmigración y Nacionalidad (INA) en casos en los que se violen las regulaciones.
El Uscis emite diferentes documentos de inmigración, tales como:
- Formulario I-551, que una tarjeta en la que indica el estatus de residente permanente.
- Formulario I-766, que se refiere al Documento de Autorización de Empleo.
- Formulario I-94, registro de entrada y salida.
- Registro de Entrada/Salida.
- Formulario I-797, que es la notificación de acción.
Una de las preguntas más frecuentes que le hacen a la agencia en estos trámites migratorios es cómo se deben resguardar estos documentos. Ante la duda, responde: “Si usted tiene 18 años de edad o más, siempre debe llevar consigo su Documento de Autorización de Empleo (EAD), su Tarjeta de Residente Permanente, o cualquier otra prueba de registro de extranjero en Estados Unidos”.

No portar los documentos de identificación en EE.UU. es un “delito menor”
En caso de que a una persona se le pierda su documento, se lo roben o si su nombre u otra información cambian, tiene que reemplazarlo. La ley de Inmigración Nacional y Nacionalidad de EE.UU. (INA), indica en la sección 264, que: “A cada extranjero en los Estados Unidos debe expedírsele un certificado de registro de extranjero o una tarjeta de recibo de registro de extranjero, según la forma y manera, y según el plazo previsto según las reglamentaciones”.
Asimismo, manifiesta: “Cada extranjero de dieciocho años de edad o más, deberá poseer y llevar consigo en todo momento cualquier certificado de registro de extranjero o cualquier tarjeta de recibo de registro de extranjero que le haya sido otorgado”.
En el apartado “E”, en el que se aborda la “posesión personal de la tarjeta de registro o recibo y las sanciones”, se agrega que “cualquier extranjero que no cumpla con las disposiciones de esta subsección será culpable de un delito menor y, tras la condena por cada delito, será multado hasta no exceder los 100 dólares o será encarcelado no más de treinta días, o ambas”. El Uscis refiere a esta ley en diferentes secciones de su sitio web.

Las versiones previas a la green card que hay que reemplazar
Además de lo anterior, es importante tener en cuenta que los portadores de la green card deben reemplazarla si esta caducará dentro del siguiente plazo de seis meses. A su vez, si hay alguna persona que tenga una versión anterior de la tarjeta de inscripción de extranjero (por ejemplo, el formulario AR-3, formulario AR-103 o formulario I-151 – ninguno de los cuales es válido en la actualidad para probar el estatus de inmigración), tiene que actualizar por la tarjeta de residente actual.
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